ACUERDOS DEL CONSEJO DE GOBIERNO EXTRAORDINARIO

La hostelería en Castilla-La Mancha podrá abrir desde este viernes

Según las medidas adoptadas en Consejo de Gobierno, los bares y restaurantes cerrarán a las 21:00 horas y se mantiene el toque de queda de 22:00 a 7:00 h. También se abre el cierre perimetral

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha acordado, en el Consejo de Gobierno Extraordinario de este jueves, relajar las medidas restrictivas de nivel 3 reforzado decretadas en la región el 19 de enero, pasando a nivel 3 ordinario, lo que supone la apertura de la hostelería a partir de este viernes.

Según ha informado el consejero de Sanidad, Jesús Fernández,  el resumen de las nuevas medidas es el siguiente:

-Se mantiene el toque de queda de 22:00 a 7:00 horas.

-Límite de grupos de 6 personas.

-Desaparece la limitación municipal y provincial, sólo se mantiene la regional.

-El aforo de locales de ocio en el interior será de un tercio, pero no se permite el consumo en barra.

-Se permiten las terrazas al 50% de su aforo.

-Los bares y restaurantes cerrarán a las 21:00 horas

-Se mantiene la restricción de no visitas en las residencias

-Se abre a un tercio el aforo de las bibliotecas y los hoteles podrán contratar el 50% de su capacidad.

-Los mercadillos siguen con las mismas restricciones que en el nivel 3 reforzado

Actuaciones sobre locales de ocio

De manera más amplia, el consejero ha informado lo siguiente:

-Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

-Supresión del servicio y el uso para el consumo de la barra en todos los bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería.

-El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá a un tercio del máximo que tuvieran establecido previamente con distancia de al menos dos metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación. Queda expresamente prohibido añadir elementos móviles o fijos anejos a la barra que puedan ampliar la superficie de esta y permitir su uso como mesa.

-Los espacios al aire libre de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50% del número máximo de mesas que tuvieran establecido previamente con distancia de al menos dos metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

-Se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.

-Cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares una hora antes del inicio del horario de restricción de movilidad nocturna establecido en ese momento.

-Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en espacios al aire libre como cerrados, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.

-Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 30 personas en espacio abierto, siempre adecuándose a las condiciones de porcentaje de aforo máximo permitido. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de seis personas.  Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.

-Se procede al cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.

Centros sociosanitarios

-Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.

-Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios.

-La entrada a estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).

-No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.

-En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con Covid-19 y que el centro se encuentre sin casos confirmados de infección activa de Covid-19 o casos en cuarentena en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.

-Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por Covid-19.

Actividades religiosas y de ámbito social

En velatorios y comitivas fúnebres, se permitirá un máximo de seis personas.

Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos: Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo.

La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del Covid-19, no debiendo superar el número máximo de cien personas.

Medidas complementarias

-Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo máximo de seis personas.

-Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso.  En ningún caso se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción.

-Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de seis personas.

-Las visitas guiadas a monumento y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a seis personas.

-Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada disminuirán su aforo máximo al 50% por ciento del habitual.

-Cierre cautelar de cines, teatros y auditorios.

-Bibliotecas, museos y archivos limitarán su aforo al 30 por ciento.

-Se podrán celebrar congresos, seminarios y actividades de índole similar siempre que no se supere el número máximo de seis personas.

-Los hoteles sólo podrán contratar el 50 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25 por ciento.

-En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo será del 20 por ciento en espacios interiores y del 50 por ciento en espacios exteriores.

-Cierre de las piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad.

-Cierre de piscinas comunitarias de bloques de edificios.

-Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos cuatro metros.

-Cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas.

-En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.

-Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo.

-Se limitará al 50% la ocupación de autobuses urbanos y taxis.

-Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones

-Seguimiento minucioso del aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención Primaria, solicitando la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se precisara en casos concretos.

-Si desde cualquier ayuntamiento se tuviera conocimiento de otros locales o actividades, que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad correspondiente, para proceder a su cierre, prohibición o limitación, con el fin de frenar la transmisión virus.

Recomendaciones

Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

Todas las medidas reflejadas en este documento se aplicarán durante 10 días pudiendo prorrogarse en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.

Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la epidemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se adoptarían medidas complementarias a las establecidas en este documento.

En rueda de prensa, el consejero de Sanidad ha explicado que las medidas nivel 3 reforzadas que se vienen aplicando en Castilla-La Mancha desde el 19 de enero han funcionado ya que la incidencia acumulada ha descendido de 1.006 casos por 100.000 habitantes del día que se decidieron las medidas, hasta los 644 casos por 100.000 habitantes en el día de ayer.

En este sentido, si se toman en consideración los datos de los últimos tres miércoles, hace dos semanas la incidencia acumulada a 14 días era de 1.269 casos por 100.000 habitantes, mientras que hace siete días la incidencia era de 1.065 casos por 100.000 habitantes.

“Las medidas adoptadas el 18 de enero han dado su fruto y estamos en una mejor situación epidemiológica”, ha explicado el consejero de Sanidad, resaltando que en los próximos días la tendencia es a bajar los datos ya a siete días es actualmente de 194 casos por 100.000 habitantes, estando por debajo de la media nacional que es 210.

Actualmente, en Castilla-La Mancha hay 1.030 pacientes ingresados en cama convencional y 220 en UCIS que necesitan respirador.

“Estas cifras, conseguidas con el sacrificio y el esfuerzo de muchos ciudadanos de Castilla-La Mancha, permiten flexibilizar las medidas nivel 3 reforzadas que tenemos”, ha afirmado Fernández Sanz, que ha destacado que el Consejo de Gobierno Extraordinario celebrado momentos antes, había decidido pasar a toda la Comunidad a medidas especiales nivel 3, exceptuando aquellos municipios con más de 5.000 habitantes y que tengan una incidencia acumulada a 14 días superior a 1.000 casos y la incidencia acumulada a siete días de 500 casos.

Plan de Vacunación

Sobre el Plan de Vacunación, Fernández Sanz ha recalcado que en Castilla-La Mancha ya se han administrado 109.636 dosis de vacuna contra el COVID, siendo ya 35.531 las personas que han recibido las dos dosis.

Fernández Sanz ha explicado que se mantienen sin variación las próximas entregas de las vacunas de Pfizer, mientras que las dosis de AstraZeneca irán aumentando de número en las próximas entregas.

Sobre la incorporación del sexto grupo de vacunación, el consejero ha explicado que en él se incluyen los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, bomberos, Protección Civil, y el personal de las instituciones docentes hasta la Enseñanza Secundaria.

Además, ha recordado, ayer se acordó en el Consejo Interterritorial celebrado en la tarde de ayer que la vacuna de AstraZeneca será administrada a personas de entre 18 y 55 años.

“La mejor opción después de la definición del sexto grupo sería unificar por grupos de edad, para que a partir de ahora sea la edad lo que priorice el proceso de vacunación”, ha asegurado Fernández Sanz.