Este domingo a partir de las 18:00 horas en el municipal “Manuel Delgado Meco”

El Alcázar CFD volverá a jugar por segunda jornada consecutiva en casa, recibiendo al UD Santa Cruz

_MG_7502

Los 6 minutos más el descuento del partido suspendido ante Puertollano tendrán que jugarse

Dicen que después de la tormenta viene la calma y eso esperamos que ocurra, por el bien del Alcázar CFD, que este domingo, y por segunda jornada consecutiva, volverá a jugar como local, en esta ocasión, recibiendo a la UD Santa Cruz, en partido de la vigésima octava de liga, a partir de las 18:00 horas en el municipal “Manuel Delgado Meco”.

Tras lo sucedido en la última jornada, el equipo alcazareño afronta este nuevo partido con una idea clara: retomar el camino de la victoria. Es el momento de estar más unidos que nunca, el grupo tiene ganas, compromiso y la ilusión de volver a disfrutar junto a sus aficionados.

El Alcázar CFD quiere transformar todo lo vivido, en energía positiva dentro del campo y demostrar que este equipo sabe levantarse con el apoyo de su púbico.

Desde el primer minuto, los jugadores locales tendrán que empujar para que los tres puntos, se queden en casa. Es importante lograr sumar los tres puntos para evitar posibles arrastres a final de temporada y lograr cuanto antes la permanencia matemática.

La Junta Directiva del Alcázar CFD, ha lanzado a través de sus redes sociales oficiales un comunicado oficial, dirigido a su afición. Comunicado que adjuntamos íntegro.

EL ALCÁZAR CFD, SALE MAL PARADO DE SU PARTIDO FRENTE AL CALVO SOTELO PUERTOLLANO

El Comité de competición de la FFCM, a raíz de lo sucedido en el partido del pasado domingo entre el Alcázar CFD y el Calvo Sotelo Puertollano, ha sancionado económicamente al club alcazareño y a su jugador Mutu.

SANCION ECONOMICA por insultar, amenazar, menospreciar y/o protestar varios futbolistas tumultuariamente al árbitro o a sus asistentes, lo que motivó la suspensión del partido en el minuto 84.

 Resoluciones Especiales

  ALCAZAR C.F.D.

 - CALVO SOTELO PUERTOLLANO C.F.B: Vista la suspensión del partido en el minuto 85, por los hechos recogidos en el acta, y vistos igualmente los escritos presentados por ambos clubes, procede acordar:

1º) La reanudación del partido a partir del momento de su suspensión y con el resultado que imperaba en el marcador al momento de la misma (1-2), desestimándose así ambos escritos de alegaciones, el del equipo local, al pretender que se anule el gol conseguido por el equipo visitante basándose en una incorrecta, según dicho escrito, decisión técnica arbitral, siendo que este Comité no tiene competencias para revisar las decisiones arbitrales técnicas, que no tengan repercusión disciplinaria como es el dar por válido un gol, y desestimándose las del equipo visitante, precisamente en base al principio "pro competittione" que el mentado club cita en dicho escrito de alegaciones.

2º) La reanudación se hará con dos futbolistas menos por parte del club local, sin perjuicio de que tampoco podrá participar en la reanudación, pudiendo ser sustituido por otro, el futbolista también sancionado en resolución complementaria a la presente, por hechos posteriores a la suspensión del partido. En cuanto a los gastos, serán todos por cuenta del club organizador, al ser los hechos que motivaron la suspensión del partido, protagonizados por sus futbolistas, debiéndose incluir en dichos gastos, no sólo los propios de la organización y los del recibo arbitral, sino también los del desplazamiento del equipo visitante, así como los derivados de la presencia de un delegado federativo que se nombra para velar por el fiel cumplimiento de la presente resolución y para que el resto del partido transcurra dentro de los cauces normales de un evento deportivo.

3º) Conceder a ambos clubes un plazo que precluirá a las 14,00 horas del próximo viernes, 24 de abril de 2026, para que de consuno fijen una fecha para la celebración de la reanudación ahora acordada, en el bien entendido que, si llegado dicho vencimiento, no constara en la secretaría de este órgano disciplinario una fecha para dicha disputa, será este Comité el que unilateralmente la determine en una fecha anterior a la celebración de la penúltima jornada del campeonato que nos ocupa.

4º) Dada la reanudación del partido, no se sancionan las tarjetas amarillas que aparecen anotadas en el acta, por la incidencia que las mismas pudieran tener en el devenir del partido una vez reanudado.

Y seis partidos para su jugador Mutu:

SEIS PARTIDOS DE SUSPENSION por agarrar, empujar, zarandear o producirse, en general, con otras actitudes hacia los árbitros o a sus asistentes que, por sólo ser levemente violentas, no acrediten ánimo agresivo por parte del agente (6 partidos).