INFORMA OCU

Unicaja devuelve 9.570 euros a una víctima de smishing y spoofing

El engaño empezó con SMS aparentemente enviado por la entidad bancaria advirtiendo de una compra fraudulenta, al que siguió una llamada de una persona que se identificó como empleado de seguridad del banco. 

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha logrado un nuevo éxito en la defensa de los derechos de los consumidores al conseguir que Unicaja reintegre 9.570 euros a la víctima de un sofisticado fraude de smishing y spoofing telefónico, después de que la entidad rechazara inicialmente su reclamación.

Los hechos comenzaron cuando el afectado recibió un SMS que aparentaba haber sido enviado por Unicaja y en el que se le alertaba de un supuesto intento de compra fraudulenta (smishing) por importe de 890 euros. El mensaje incluía un enlace para verificar la operación, lo que llevó al consumidor a acceder creyendo que estaba protegiendo su cuenta bancaria.

Pocos minutos después recibió una llamada de una persona que se identificó como empleado del departamento de seguridad de la entidad (spoofing). Aprovechando la preocupación generada por el mensaje previo y mediante técnicas de ingeniería social, el supuesto gestor fue guiando al consumidor durante todo el proceso, solicitándole códigos de verificación y facilitándole instrucciones bajo la apariencia de estar bloqueando el fraude.

Sin que el afectado fuera consciente de ello, los delincuentes consiguieron realizar tres retiradas de efectivo de 990 euros cada una, dos compras con tarjeta por importe de 980 y 850 euros, respectivamente, y una transferencia de 4.760 euros, causando un perjuicio económico total de 9.570 euros.

Al descubrir el engaño, el consumidor denunció de inmediato los hechos ante la Guardia Civil y comunicó el fraude a Unicaja. Sin embargo, la entidad desestimó su reclamación al considerar que las operaciones habían sido correctamente autenticadas y atribuyó al cliente la responsabilidad por haber facilitado los códigos de seguridad durante la llamada fraudulenta. No fue hasta la intervención de los servicios jurídicos OCU que la entidad reconoció su responsabilidad y procedió al reintegro íntegro de los 9.570 euros defraudados.

Este caso vuelve a poner de manifiesto la creciente sofisticación de los fraudes de suplantación de identidad y la necesidad de que las entidades financieras refuercen sus sistemas de prevención y detección de operaciones anómalas. El marco legal es claro: El Parlamento Europeo considera fraudulentas no solo las operaciones de pago no autorizadas, sino también aquellas en las que el usuario ha sido manipulado para prestar un consentimiento que, en realidad, está viciado por el engaño. En la misma línea, el Código Civil español establece que el consentimiento es nulo cuando se presta por error. Por ello, los pagos realizados como consecuencia de una estafa no pueden considerarse autorizados y corresponde a la entidad financiera asumir el reembolso, salvo que pueda acreditar una negligencia grave por parte del usuario.

Además, la doctrina consolidada por el Tribunal Supremo recuerda que corresponde a las entidades bancarias demostrar que las operaciones fueron debidamente autorizadas y que actuaron con la diligencia exigible para prevenir y detectar este tipo de fraudes, sin que puedan trasladar automáticamente el perjuicio económico al consumidor.

OCU insiste en la importancia de desconfiar de mensajes y llamadas que soliciten códigos de verificación, claves de acceso o datos bancarios, aunque aparentemente procedan de la propia entidad financiera. Asimismo, anima a las personas afectadas por este tipo de ciberfraudes a reclamar, ya que en numerosos casos las entidades financieras están obligadas a reembolsar el importe de las operaciones fraudulentas.

Entrando en la página solicitada Saltar publicidad