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El Gobierno amplía el permiso de nacimiento y cuidado del menor

El 30 de julio de 2025 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 9/2025, que amplía el permiso de nacimiento y cuidado, modificando el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad Social.

Esta reforma completa la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional, y supone un cambio sustancial respecto al régimen anterior.

Principales novedades de la nueva normativa

Ampliación general del permiso: pasa de 16 a 19 semanas para cada progenitor.
Distribución del permiso:
  - 6 semanas que deberán disfrutarse a jornada completa de forma obligatoria e ininterrumpida tras el nacimiento, adopción o acogida.
  - 11 semanas (22 en caso de mono parentalidad) que podrán distribuirse, a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida, hasta los 12 meses del menor.
  - 2 semanas adicionales (4 en monoparentales) que podrán distribuirse, a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el menor cumpla 8 años.
Remuneración garantizada: durante todo el periodo se mantiene el 100 % de la base reguladora de la Seguridad Social.
Familias monoparentales: el permiso se amplía hasta 32 semanas, de las que 6 se disfrutarán de manera ininterrumpida tras el parto o adopción; otras 22, en periodos sucesivos, de al menos una semana de duración, hasta los 12 meses del menor; y 4 semanas adicionales, que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años.
Retroactividad: las dos semanas adicionales de cuidado parental serán de aplicación a los hechos causantes producidos a partir de agosto de 2024, aunque solo podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

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