De la Torre Asociados es un despacho de abogados con sede en Alcázar de San Juan y Córdoba, especializado en derecho bancario, mercantil, societario e hipotecario, así como en consultoría empresarial y elaboración de informes periciales.Con una clara vocación de servicio y un equipo de profesionales con amplia experiencia, el bufete centra su labor en defender los derechos de particulares, autónomos y empresas, ofreciendo un asesoramiento jurídico cercano, eficaz y adaptado a cada caso. La firma se distingue por su especialización en reclamaciones bancarias e hipotecarias, donde ha logrado una sólida trayectoria en la recuperación de cantidades indebidas y la defensa de los intereses de sus clientes frente a entidades financieras. En la siguiente entrevista, su fundador y titular, Javier de la Torre Aguilar, nos presenta sus servicios.
PREGUNTA. ¿Cuáles fueron los inicios de este bufete que usted fundó?
RESPUESTA. En el año 1993, tras años de preparación para ser notario y trabajar en el departamento jurídico de una asesoría, me establecí por mi cuenta y creé mi propio despacho.
P. ¿En qué ramas del Derecho trabaja usted principalmente?
R. Desde el año 1994 me he especializado en Derecho Bancario y el 98% de mis asuntos son de defensa del consumidor frente a los abusos de las entidades financieras.
P. ¿Cuáles son las principales reclamaciones que se plantean en su despacho?
R. La mayoría de los asuntos que se han reclamado son referentes a comisiones bancarias de devolución de efectos, comisiones de descubierto, de reclamación de posiciones deudoras, tarjetas revolving, gastos de constitución de hipotecas y cláusula suelo. En general, malas prácticas bancarias.
P. ¿Reclamar al banco es muy costoso para el cliente?
R. En mi despacho no hay ningún costo: solo se cobra si el cliente gana.
P. ¿Qué garantías de éxito se le da al cliente?
R. De un 90% a un 100% de éxito. Antes de ningún planteamiento, se analiza la viabilidad del asunto sin coste alguno. Una vez analizado, sin coste alguno para el cliente, se plantea la reclamación.
P. ¿Y si el cliente no puede acudir al despacho?
R. Nos desplazamos al lugar que nos indique.