La PAH de Campo de Criptana paraliza un desahucio en Pedro Muñoz

Artículo de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca de Campo de Criptana

El pasado 7 de enero por la mañana Israel contacta con nosotros para informarnos de su caso y del lanzamiento que tenía previsto para el viernes día 10.
    

Israel nos manifiesta que convive con su esposa y tres hijos menores de edad que tienen 6,10 y 14 años. Dice que la vivienda le fue alquilada y que después de pagar durante unos meses a la persona con la que contrató se entera de que dicha vivienda no es propiedad de esta persona, sino que pertenece a una sociedad inmobiliaria llamada Desarrollos Las Peñicas en la que al parecer Liberbank tiene una importantísima cuota de participación. Por tanto Israel y su familia se encuentran ocupando un inmueble de manera ilegal  y en consecuencia cometiendo un delito de usurpación.
    

Hay que decir que ante esta delicada situación, la PAH de Criptana comienza una carrera contrarreloj que pasa por hablar con alcaldía y servicios sociales de la localidad, con las OIH, abogados y juzgado, para intentar paralizar el desalojo o, en su defecto, procurar que la Administración provea de una alternativa habitacional a esta familia.
    

El día 9 fue remitido al Juzgado de 1ª Ins. Nº2  de Alcázar de San Juan  un informe elaborado por los servicios sociales de la de Pedro Muñoz y el día 10 a la hora del lanzamiento nos congregamos a las puertas del domicilio los medios de comunicación convocados, el abogado del afectado D. Luis Javier de Vicente, amigos y familiares de la familia, y cómo no, las PAHs de Argamasilla de Alba, Miguelturra y Tomelloso que junto a la de Campo de Criptana hicimos posible lo imposible. Es por ello que os trasladamos a todos y todas nuestro más sincero agradecimiento.
    

En efecto, la comisión judicial aplazó el desahucio hasta nueva fecha, que será fijada por su S.Sª. y que a día de hoy desconocemos.
    

En la PAH defendemos el derecho a techo, a una vivienda digna y adecuada para todas las personas y familias, especialmente las vulnerables. Es nuestra obligación moral, y también social, intentar paralizar un desahucio que no tenga una vivienda alternativa. Independientemente de que el desalojo venga promovido por una entidad bancaria, una SOCIMI, como es el caso, o un gran tenedor de vivienda, e independientemente también de que la familia moradora esté ocupando.
    

El derecho a la vivienda es un derecho fundamental, un derecho humano recogido en diversos textos y tratados internacionales de los que el Estado español es parte. Y en este sentido nos gustaría recordar a magistrados y a las distintas administraciones que España forma parte del PIDESC (Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales) y que el Comité DESC de las Naciones Unidas encargado de velar y salvaguardar los preceptos de dicho Pacto instó al Estado español en su Dictamen de 20 de junio de 2017 a: «…superar la falta de coordinación entre las decisiones judiciales y las acciones de los servicios sociales que puedan conducir a que una persona desalojada pueda quedar sin vivienda adecuada». También a: «…adoptar las medidas necesarias… hasta el máximo de sus recursos disponibles, para que las personas desalojadas tengan una vivienda alternativa, en especial, en aquellos casos que involucran a familias, personas mayores, niños/as, y otras personas en situación de vulnerabilidad.
 

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